Comparto una nota del periódico Reforma reportera Sonia del Valle sobre las modificaciones al ACUERDO SECRETARIAL 648, dichas modificaciones consideran que de primero a segundo aprueban solo con asistir pero ahora segundo y tercer grado deben obtener un minimo de 6; se expedirá certificado para los alumnos de 6o. grado y no se evalua a los alumnos de preescolar
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Reforma | Por Sonia del Valle
La
Secretaría de Educación Pública busca restituir la reprobación en
segundo y tercer grado de primaria, así como la entrega de certificado
al concluir ese nivel de enseñanza básica.
Estos
cambios modificarían el Acuerdo Secretarial 648, que entró en vigor
apenas este ciclo escolar, y que fue planteado por el ex Subsecretario
de Educación Básica, Fernando González, yerno de la ex líder
magisterial, Elba Esther Gordillo.
El
Acuerdo Modificatorio que impulsa la SEP, y que revisa la Comisión
Federal de Mejora Regulatoria, establece que los alumnos de preescolar
no serán evaluados con "insuficiente o suficiente", y que se valoraría
su desempeño en el aula y aprobaría de grado con sólo haber asistido.
En
el caso de primaria, los estudiantes no podrán pasar de segundo a
tercer grado y de tercero a cuarto, si no acreditan un mínimo de 6.
"En
el supuesto de que un alumno de segundo o tercer grado no haya
alcanzado los aprendizajes correspondientes, podrá permanecer en ese
grado por otro ciclo escolar. Esta determinación podrá adoptarse por el
docente, por una sola vez, cuando el educando obtenga un promedio de
grado inferior a 6.0", señalan los nuevos lineamientos.
González
Sánchez modificó el Acuerdo 200 que establecía el método para evaluar a
los alumnos, y creó el Acuerdo Secretarial 648 que establece un sólo
certificado de Educación Básica al finalizar los 12 años de estudio,
eliminando así el certificado de primaria.
La SEP ahora propone modificar el Acuerdo 648 y regresar el certificado de primaria.
"Al
concluir los estudios de educación primaria, de conformidad con los
requisitos establecidos en el plan y los programas de estudios, la
autoridad educativa competente expedirá el Certificado de Educación
Primaria", expresa el documento del Acuerdo Modificatorio.
Establece
que, al concluir el nivel de preescolar, la Cartilla Nacional de
Educación Básica deberá incluir una leyenda que especifique que el
alumno concluyó el preescolar.
De
acuerdo con la Secretaría de Educación Pública, a partir de la puesta
en práctica del Acuerdo Secretarial 648, que establece las normas
generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en
la educación básica, se han detectado situaciones que, de no
corregirse, repercutirán negativamente en los educandos y, por tanto, en
el sistema educativo nacional.
"En
este sentido, es menester reformular los criterios que serán empleados
para evaluar el desempeño de los alumnos que cursan la educación
preescolar, así como aquellos empleados para determinar la promoción de
grado en los primeros tres años de la educación primaria".
Indica
que la emisión del Certificado de Educación Básica prevista en el
Acuerdo 648, no debe ser obstáculo para que los educandos que finalizan
el sexto año de primaria cuenten con el Certificado de Educación
Primaria.
Antes
del próximo ciclo escolar, la Secretaría de Educación Pública del
Gobierno federal, en coordinación con las autoridades locales, podrían
expedir las nuevas disposiciones, una vez aprobadas.
En análisis
Modificaciones que impulsa la SEP y que revisa la Comisión Federal de Mejora Regulatoria:
ACUERDO SECRETARIAL 648
· Los tres primeros grados de primaria se acreditan sólo con asistir.
· Se elimina el certificado de primaria. Se entrega al concluir los 12 años de educación básica.
· Se evalúa a los alumnos de preescolar con: suficiente o insuficiente.
ACUERDO MODIFICATORIO
· De primero a segundo grado se aprueba sólo con asistir. Los alumnos de segundo y tercero pasan si obtienen un mínimo de 6.
· Se reinstala el certificado de primaria.
· No se evalúa a los alumnos de preescolar.
-Fin de la nota-
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